Para acreditarse e inscribirse en el Registro Industrial como empresa habilitada petrolífera, las empresas deberán cumplir responsablemene:
1. Que la empresa dispone de los medios humanos y técnicos para la especialidad que solicita, cumple todos los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Instrucción Técnica Complementaria MI IP05 (Real Decreto 365/2005, de 8 de abril), del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas, aprobado por el Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, y modificado parcialmente por el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantenerlos durante la vigencia de la actividad.
2. Que la empresa se responsabiliza de que la ejecución e intervención en instalaciones petrolíferas se efectuarán de acuerdo con las normas y requisitos que se establecen en el citado Reglamento y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
3. Que la empresa tiene suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente que cubra los daños que pueda provocar en la prestación del servicio por la cuantía mínima establecida para cada especialidad en el citado artículo 5 de la ITC MI IP05:
Capitales de cobertura según categoría I (300.000€) , II o III (600.000€)
Cobertura postrabajos categoría I, II y III: cuatro años
ANAFONCA es la Asociación profesional de empresas de fontanería, calefacción, climatización, gas, prevención de incendios y afines de Navarra, integrada por más de 400 empresas y profesionales.
Las actividades principales que desempeñan las empresas asociadas son de instalación y mantenimiento de FONTANERÍA, CALEFACCIÓN CLIMATIZACIÓN, GAS, PREVENCIÓN DE INCENDIOS, FRÍO INDUSTRIAL Y OTRAS AFINES, tanto para el hogar como para la industria.